lunes, 11 de junio de 2012

Cambios en el servicio telefónico

Cambios en el servicio telefónico
[11-06-2012]
Aimée Cabrera
Corresponsal de Misceláneas de Cuba

(www.miscelaneasdecuba.net).- El Ministerio de la Informática y las
Comunicaciones (MIC) aprobó la Resolución No. 82 del 2012, la cual
flexibiliza el cambio de titularidad, y fue publicada en la Gaceta
Oficial del 23 de mayo del presente.

La misma reconoce que la anterior Resolución Ministerial, la No. 15 de
1998 era rígida y sólo permitía el traspaso de titularidad del servicio
telefónico en caso de abandono del país, divorcio, fallecimiento o permutas.

Ahora, con la aprobación del Contrato Tipo para la telefonía básica de
quienes residen en el país; los titulares son autorizados a traspasar el
servicio a favor de cualquier persona natural y se reconoce su derecho a
solicitar el traslado del teléfono a otra vivienda, en cualquier
momento, siempre que exista la disponibilidad técnica y no haya demandas
pendientes.

Las personas naturales, que pueden ser ciudadanos cubanos o extranjeros
residentes permanentes, pueden tener un número telefónico en donde
residen y otro en una vivienda que tengan, ubicada en áreas de descanso
o veraneo.

Los interesados en acogerse a la nueva modalidad contractual pueden
acudir a las oficinas comerciales que les correspondan, aunque deben
tener actualizados sus contratos.

Aún en Cuba, muy pocas personas poseen teléfono en sus casas. Cuando
algunas zonas han sido privilegiadas con este servicio se han priorizado
a los incondicionales a la Revolución. El resto pierde el tiempo con
pedirlo, así tenga serios problemas familiares, o quiera pagar,
simplemente un servicio al cual debiera tener pleno derecho.

http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=36216

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